El Consejo de Estado rechazó el martes 4 de agosto de 2026 una solicitud que pretendía suspender la ceremonia de posesión de Abelardo de la Espriella, programada para el 7 de agosto en la Arena USC de Cali (Valle del Cauca). La Sección Quinta del tribunal desestimó los argumentos presentados sin encontrar méritos para detener el acto de transmisión de mando, que será la primera posesión presidencial celebrada fuera de Bogotá en la era moderna.
La demanda, liderada por el abogado Luis Guillermo Pérez y respaldada por un grupo de ciudadanos, cuestionaba la viabilidad constitucional de que De la Espriella ejerciera la presidencia alegando una presunta incompatibilidad derivada de su doble nacionalidad. El presidente electo posee ciudadanía estadounidense e italiana, y según los demandantes, el juramento de fidelidad que hizo a Estados Unidos en 2023 genera un conflicto de lealtad dual que vulnera los principios de soberanía nacional exigidos al jefe de Estado colombiano.
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Los argumentos de la demanda
Los demandantes solicitaron una medida cautelar urgente para suspender provisionalmente la posesión de De la Espriella, argumentando que “el juramento de fidelidad a otro Estado constituye una fractura insalvable con los deberes constitucionales del cargo”. En su petición formal ante el tribunal, planteaban que la adquisición de nacionalidad estadounidense representaba un conflicto de intereses incompatible con el ejercicio de la presidencia de la República.
Los magistrados Luis Alberto Álvarez y Ómar Joaquí Barreto desestimaron estos argumentos sin otorgar la medida cautelar solicitada. Con esta decisión, el camino queda despejado para que De la Espriella y su fórmula vicepresidencial, José Manuel Restrepo, se posesionen según lo programado. La ceremonia contará con la participación de al menos nueve jefes de Estado y otras representaciones internacionales, incluyendo la presencia del presidente de la FIFA, Gianni Infantino.

Otra demanda en curso
El mismo 4 de agosto, el ciudadano David Cano radicó una acción popular ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con un enfoque diferente: cuestionar los costos de la posesión fuera de Bogotá. El demandante argumentó que los gastos de traslado de congresistas a Cali, los ajustes logísticos y el despliegue de seguridad representan un gasto innecesario de recursos públicos, y solicitó una medida cautelar urgente para detener la ceremonia. Este proceso aún estaría por definirse ante la magistratura cundinamarquesa.
De la Espriella ha justificado la elección de Cali como sede de su posesión como parte de una política destinada a acercar el Estado a los territorios periféricos del país. El mandatario ha manifestado su compromiso de gobernar de manera alterna desde Barranquilla, no solo desde la Casa de Nariño, y ha vinculado esta decisión con la necesidad de atender el recrudecimiento del conflicto armado en el suroccidente colombiano.