
El ciudadano que forzó la transparencia
Federik Santiago Checa Gordillo, un joven de 19 años, logró lo que durante casi tres meses la ciudadanía no había conseguido: obligar a la Secretaría de Tránsito y Transporte de Pasto a revelar información fundamental sobre el contrato de concesión del tránsito y las cifras del recaudo de fotomultas. Aunque no era un político ni un gremio empresarial, sino un ciudadano común, Checa Gordillo radicó su derecho de petición el 15 de mayo de 2026. Ante el silencio de la entidad —que viola los términos establecidos por la ley— tuvo que acudir a una acción de tutela y, posteriormente, a un incidente de desacato para que finalmente, el 5 de agosto, la Oficina de Asesoría Jurídica respondiera con el oficio 1151/1458-2026.

La entidad se excusó argumentando que el documento «se traspapeló en medio de la gran cantidad de correspondencia que llega a diario». Sin embargo, la Ley 1755 de 2015 es explícita: las entidades públicas tienen entre 10 y 15 días hábiles para responder peticiones ciudadanas. El retraso de tres meses expone no solo una deficiencia administrativa, sino un patrón de opacidad que requería intervención judicial para ser quebrantado.
Este caso representa un hito en el control ciudadano sobre los recursos públicos en Pasto. Gracias a la insistencia de este joven, la ciudad ahora conoce, con documento oficial en mano, cómo se reparte y en qué se gasta el dinero generado por las cámaras de fotodetección. Las cifras revelan una realidad compleja que abre varios interrogantes sobre la gestión contractual y la destinación de recursos.

El contrato que cedió el 60,11% al operador privado
La respuesta oficial confirma que el servicio de tránsito fue entregado mediante el Contrato de Concesión No. 20221689, suscrito el 8 de abril de 2022 entre el Municipio de Pasto y la Unión Temporal Servicios de Tránsito Pasto. Este acuerdo fue firmado durante la administración anterior y, hasta la fecha, no ha sido modificado. Según la cláusula contractual citada en la respuesta de la Secretaría, el concesionario tiene derecho al 60,11% del recaudo total de fotomultas —porcentaje que incluye un 5% adicional para la interventoría—, mientras que al Municipio le queda apenas el 39,89% restante.
Las cámaras de fotodetección fueron aportadas por el concesionario como parte de su esquema de inversión. Sin embargo, toda la infraestructura adquirida en ejecución del contrato es propiedad del Municipio y será restituida cuando finalice la concesión. Este arreglo, típico de modelos de asociación público-privada, transfiere riesgo de inversión al operador pero genera una distribución de ingresos que ha motivado crítica desde la administración municipal actual.

Los números: más de $5.800 millones en el primer año
Las cifras oficiales del recaudo por fotomultas, que la ciudadanía conoce por primera vez con este nivel de detalle gracias a la acción de Checa Gordillo, son significativas. Entre julio y diciembre de 2025 —cuando las cámaras comenzaron a operar el 12 de junio— se recaudaron $2.028.323.894. En el período de enero a junio de 2026, el recaudo alcanzó $3.803.693.408. En total, durante su primer año de operación, las cámaras de fotodetección recaudaron más de $5.800 millones de pesos, de los cuales, según el contrato, aproximadamente $3.500 millones corresponderían al operador privado.
En cuanto al total de ingresos por multas de tránsito e intereses —incluyendo todas las fuentes y no solo fotomultas—, la Secretaría reportó $4.618.094.393 en 2025 y $3.428.912.793 en lo corrido de 2026 hasta junio. Esta distinción es importante porque muestra que los ingresos por dispositivos automáticos representan solo una parte del total, aunque la más dinámica y de crecimiento más acelerado en los registros disponibles.

El gasto: rubros genéricos y brechas sin explicación
La respuesta de la Secretaría de Tránsito detalla la ejecución de los recursos provenientes de multas, pero con un nivel de especificidad que genera más preguntas que respuestas. En 2025 se ejecutaron cerca de $2.500 millones, y en 2026 (a junio) aproximadamente $1.500 millones. Sin embargo, al revisar el destino de estos recursos, surgen dos aspectos que merecen análisis crítico.
Primero, los rubros más voluminosos son también los más genéricos. En 2025, el mayor gasto fue «Programas y acciones para la seguridad vial» con $978.462.000 (39,14% del total ejecutado), seguido de «Demarcación y señalización» con $758.684.627 (30,35%). En 2026, la concentración es aún más pronunciada: $1.002.200.000 —equivalente al 66,81% de todo lo ejecutado en el primer semestre— fue destinado al rubro «Programas y acciones para la seguridad vial», sin que la respuesta oficial detalle qué proyectos específicos, contratos o intervenciones componen esa cifra monumental. Precisamente eso era lo que pedía la pregunta 4 de la petición original: el «listado detallado y el valor en pesos colombianos de cada proyecto específico». La Secretaría entregó únicamente porcentajes por concepto, evitando el desglose proyecto por proyecto que la ley de transparencia exige.
Segundo, existe una brecha contable aparente que amerita explicación clara. El documento reporta que los ingresos por «sanciones de tránsito impuestas a partir de evidencia capturada por dispositivos automáticos» fueron de $139.205.692 en 2025 y $607.234.989 en 2026. Estas cifras son notablemente inferiores al recaudo bruto de fotomultas reportado en el mismo documento para esos períodos. La Secretaría no ofrece explicación para esta diferencia de varios miles de millones de pesos, que podría obedecer a la participación del concesionario, a los tiempos de radicación y pago de comparendos, a descuentos o a factores contables que permanecen ocultos al público.

El alcalde Toro Muñoz y su batalla contra la «desfinanciación»
Estas cifras cobran especial relevancia frente al discurso reiterado del alcalde Nicolás Toro Muñoz, quien ha convertido la desfinanciación del tránsito en una de sus quejas constantes desde que asumió la administración. En abril de 2025, el mandatario declaró públicamente: «Lo peor que le pudo pasar a Pasto fue la concesión, porque se está llevando el 64% de los ingresos de la Secretaría de Tránsito, la cual asume los gastos operativos» (El Contraste Noticias, abril de 2025).
Meses después, en su rendición de cuentas de 2025, Toro Muñoz reiteró el mensaje con tono de mayor frustración: «Las ganancias para el municipio son muy bajas, hoy debemos disponer de otros recursos para pagar salarios. Estamos haciendo las gestiones para cambiar estos acuerdos ya que lo que hicieron no tiene nombre y complicaron al municipio» (Alcaldía de Pasto, julio de 2025). En junio de 2026, el alcalde suspendió la instalación de nuevas cámaras mientras se resuelve una consulta jurídica sobre la distribución de los recursos. La confrontación escaló cuando el mandatario se enfrentó personalmente en la vía Panamericana a trabajadores de la concesión que instalaban una nueva cámara, declarando: «Aquí no permitimos que coloquen nada, o se retiran o llamo a la Policía para que los retire» (registro ciudadano difundido en medios, agosto de 2026).
El documento obtenido por Checa Gordillo confirma parte sustancial del reclamo del mandatario: la mayor tajada del recaudo es, en efecto, para el operador privado (60,11% según el contrato), una proporción que muchos expertos en finanzas públicas consideran desfavorable para la entidad territorial. Sin embargo, la otra cara de la moneda es igualmente preocupante: a través de su porción del 39,89%, el Municipio ha ingresado miles de millones de pesos cuya ejecución detallada, proyecto por proyecto, la Secretaría no entregó ni siquiera cuando fue obligada legalmente, concentrando el gasto en rubros tan genéricos que impiden el control ciudadano.

Las preguntas que quedan abiertas
El caso deja abierta una pregunta doble que trasciende el ámbito técnico y se convierte en un asunto de gobernanza: ¿por qué un contrato firmado en 2022, durante la administración anterior, cedió al privado seis de cada diez pesos del recaudo generado por un servicio de control de tránsito —función estatal—?, y ¿qué está haciendo exactamente la administración municipal con los cuatro pesos restantes que sí llegan a sus arcas?
Cabe recordar que el contrato fue suscrito en abril de 2022, durante la administración de Germán Chamorro De La Rosa. La actual administración afirma estar a la espera de un concepto del Consejo de Estado sobre la posibilidad de retener una mayor proporción de los recursos, suspendiendo nuevas instalaciones mientras se resuelve esta consulta jurídica. Sin embargo, el hecho de que la Secretaría no haya proporcionado de forma voluntaria y oportuna la información que ahora se conoce sugiere que la opacidad no es accidental sino estructural.

Una lección de control ciudadano y acceso a la información
Más allá de las cifras específicas, este caso deja una lección fundamental para Pasto: la información que la administración municipal no entregó voluntariamente durante tres meses solo apareció cuando un ciudadano de 19 años agotó, uno a uno, todos los mecanismos que la Constitución Política le otorga. Primero intentó el derecho de petición ordinario, luego acudió a la acción de tutela cuando ese derecho fue sistemáticamente ignorado, y finalmente tuvo que iniciar un incidente de desacato para forzar el cumplimiento de una orden judicial.
El acceso a la información pública, consagrado en la Ley 1712 de 2014, es un derecho fundamental en un Estado democrático. Sin embargo, en Pasto, ese derecho no parece garantizarse de forma espontánea por las entidades públicas. La Secretaría de Tránsito no solo violó los términos legales establecidos (10 a 15 días hábiles), sino que tardó casi tres veces más, recurriendo a la excusa de pérdida de documentos —una explicación que, de ser cierta, evidenciaría caos administrativo, y de ser falsa, revelaría intención de ocultamiento.
El caso de Federik Santiago Checa Gordillo ejemplifica tanto la fortaleza del sistema judicial colombiano como la debilidad de la transparencia administrativa en municipios como Pasto. Un joven de 19 años no debería tener que litigar para conocer cómo se gasta el dinero público en su ciudad. La verdadera lección es que el acceso a información sobre recursos públicos debe ser la norma, no la excepción que requiere intervención de jueces.