El Consejo de Estado ha puesto un alto al decreto presidencial con el que Gustavo Petro pretendía convocar una consulta popular, bypassing el requisito constitucional de obtener el aval del Senado. La Sección Quinta del alto tribunal emitió una medida cautelar que suspende temporalmente el decreto, mientras se resuelve de fondo la legalidad del mismo, en respuesta a las demandas interpuestas por congresistas y ciudadanos.

La decisión se basa en que el decreto “fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República”, según lo estipulado en el artículo 104 de la Constitución. Este freno judicial se suma a la controversia desatada desde el 14 de mayo, cuando el Senado rechazó la propuesta de consulta popular del Ejecutivo, una votación que el gobierno calificó como inconstitucional.

El ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, ha defendido la legalidad del decreto, argumentando que el presidente tiene la facultad de convocar la consulta ante supuestos errores en el trámite legislativo del Senado. Sin embargo, juristas y opositores sostienen que esta interpretación vulnera la separación de poderes, ya que solo un juez puede determinar la constitucionalidad de una decisión legislativa.

La suspensión surge en el marco de un expediente iniciado por una demanda de 12 congresistas, liderados por el presidente del Senado, Efraín Cepeda, junto a figuras como Antonio Luis Zabaraín, Carlos Fernando Motoa, Lorena Ríos y varios senadores conservadores. Hasta el 16 de junio, el Consejo de Estado había recibido 147 recursos contra el decreto, incluyendo 97 tutelas, 34 acciones de nulidad por inconstitucionalidad y 10 acciones de nulidad simple.

A esta decisión se suma la postura del registrador nacional, Hernán Penagos, quien el 17 de junio anunció que no avanzará en la organización de la consulta sin una autorización judicial clara, ya sea del Consejo de Estado o de la Corte Constitucional.

El futuro del decreto ahora depende de dos cuestiones clave que deberá resolver el Consejo de Estado: primero, si la votación del Senado fue legítima; y segundo, si el decreto presidencial se ajusta a la Constitución. Por ahora, la medida cautelar representa un revés para la iniciativa del gobierno, intensificando el pulso entre el Ejecutivo y las instituciones judiciales.

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