Se dio a conocer el fallo del Tribunal Administrativo de Nariño, que declaró nulo un acuerdo municipal, donde autorizaba el cupo de endeudamiento para Pasto.

En este caso, el Acuerdo Municipal número 014 del 2 de julio de 2024, a través del cual la Administración Municipal buscaba aprobar un cupo de endeudamiento de 75.000 millones de pesos para la capital de Nariño. “Lamentablemente este fallo confirma las advertencias que hicimos durante los debates, dónde fuimos citados para el trámite de aprobación en el Concejo Municipal. Desde el inicio de las discusiones, señalamos los posibles vicios de forma y fondo que el mencionado acuerdo incluía, como la inexistencia de los soportes económicos y técnicos, y el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley”, dijo el concejal, Mario Ernesto Enríquez Chenas.

Regulaciones

Al respecto este Tribunal consideró que, el Concejo Municipal en su momento debió estudiar sobre la autorización previa. “Constituye en un deber del Concejo Municipal, verificar su existencia y coherencia antes de otorgar su autorización, en ejercicio del principio de representación y su función de control político. En otras palabras, la Corporación de elección popular no puede considerar como un simple visto bueno, basado en la mera confianza en el Alcalde, la autorización que otorga para celebrar un contrato que puede comprometer la capacidad fiscal del municipio en el mediano plazo”, señaló en años anteriores el Tribunal Administrativo de Boyacá 4, en un estudio de la norma.

Proyectos genéricos

Según el concejal, Mario Enríquez Chenas, se evidenció la ausencia de soportes económicos y técnicos de los proyectos a financiar; falencia que se pretendió subsanar por la Administración Municipal con el aporte de una presentación digital, en la que se relacionaron de manera genérica algunos proyectos que presuntamente se financiarán, con los recursos de crédito público. “No se allegaron las viabilidades técnicas y de Revisión de Acuerdo Municipal conveniencias expedidas por la Oficina de Planeación Institucional, así como tampoco los estudios económicos que demuestre la utilidad de las obras”, señaló en un comunicado.

Fallos

 “El papel del Concejo es fundamental para cerciorarse de la viabilidad del empréstito y, después de encontrar reunidos los requisitos para tal fin, conceder la autorización respectiva con soporte en un análisis de legalidad y conveniencia. Considerar lo contrario desdibujaría la naturaleza de la mentada autorización y la convertiría en un requisito inane, en razón a que el Alcalde, eventualmente podría ocultar o, por lo menos, no exponer la realidad presupuestal del municipio y celebrar el empréstito sin cumplir los requisitos legales, con la anuencia ciega del Concejo Municipal respectivo”, se lee entre líneas en un comunicado del Tribunal, con respecto a las funciones del Concejo como ente de control, advierte que, “Los Concejos Municipales deben verificar que se acrediten los documentos previstos en el artículo 279 del Decreto 1333 de 1986, para efectos de autorizar al Alcalde para suscribir una operación de crédito público o en particular, para la celebración de un contrato de empréstito.”

En Pasto

En el caso de la ciudad de Pasto, el 2 de julio de 2024, durante el segundo debate del proyecto señalaron que el Concejo Municipal carecía de competencia para autorizar un cupo de endeudamiento, y que su función debía limitarse a la autorización de empréstitos específicos, sin embargo, el acuerdo fue aprobado sin las garantías de legalidad y planeación.

La Gobernación de Nariño, en el marco de sus competencias, al conceptuar técnica y jurídicamente sobre el trámite de aprobación del Acuerdo, decidió demandarlo, y hoy el fallo del Tribunal Administrativo de Nariño confirmó la invalidez del Acuerdo 014 de 2024, concluyendo la sala que se excedieron las competencias del Concejo Municipal, y que la aprobación del acuerdo no se ajustó a las normas legales.

“Continuaremos ejerciendo nuestra labor y responsabilidad de control político, con el único fin de velar por la transparencia, y la correcta administración de los recursos de nuestro Municipio en beneficio de todos los y las pastusas. No somos enemigos de Pasto, todo lo contrario, asumimos con altura el reto de hacer un verdadero control político para cuidar los recursos de todos”, señaló el concejal, Mario Ernesto Enríquez Chenas.

Un comentario en «Por falta de soportes económicos y técnicos de proyectos a financiar, Tribunal declaró nulo cupo de endeudamiento»
  1. Que bien que el control político a las finanzas se lleven a cabo y lo tomen con responsabilidad ya que en las anteriores administraciones gastaron, vendieron empresas, y muchos de los dignos concejales salen con la frace yo no firmé dejando que la corrupción trabaje como le da la gana según parece este alcalde no cuenta con tantos corruptos con experiencia que sepan maquillar gastos y proyectos donde se pierden la mayor parte de los recursos y las obras se quedan como elefantes blancos endeudado a Pasto

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