Luego de televisarse más de 8 consejos de ministros por televisión privada y pública, una ciudadana interpuso una acción legal contra esta programación del Gobierno Nacional argumentando que se le violó el derecho a la información y a la libre elección de lo que quiere ver, por lo cual elevó esta petición hasta el Consejo de Estado el cual falló a su favor.
Tras recibir la tutela, el magistrado Alberto Montaña evaluó esta petición la cual señalaba que estos consejos de ministros no deberían ser transmitidos todos los lunes en horario prime en la televisión privada. Ante ello, el magistrado falló a favor de la ciudadana y ordenó al presidente Gustavo Petro no transmitir sus reuniones con ministros en canales privados de televisión.
Adicionalmente, el Consejo de Estado indicó que los ciudadanos tienen derecho a recibir una información veraz y con diferentes puntos de vista, por lo cual el consejo de ministros es una información estatal que presuntamente carece de ese contraste que el consumidor tiene derecho al momento de consumir un producto como un programa de televisión en canales privados.
“La facultad del Presidente de la República para dirigirse a los colombianos, a través de los distintos canales de televisión, no le confiere poderes omnímodos al punto de coartar derechos fundamentales como aquel que le permite a un ciudadano acceder a la información plural y no solamente a la difusión de las ideas políticas u opiniones del gobernante, o la transmisión de un consejo, reunión o debate encabezado por él, actos con un carácter natural y eminentemente político”, reza el fallo del Consejo de Estado.